18/07/12
Ayudas a la apicultura en el marco del programa nacional para Andalucía.
Por la presente Orden se establecen las normas de aplicación en Andalucía del régimen de ayudas a la apicultura previsto en la Sección VI del Capítulo IV del Título I del Reglamento (CE) núm 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, dentro del Programa Nacional aprobado por Decisión de la Comisión de 14 de septiembre de 2010, para los años 2011, 2012 y 2013.
Convocatoria 2012: Se convoca en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2012, la concesión de las subvenciones previstas en la Orden de 27 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional para los años 2011, 2012 y 2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2011. Concepto: Las ayudas contempladas en este Programa están destinadas a mejorar la producción y la comercialización de los productos de la apicultura en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para la consecución de los objetivos del Programa, se establecen las siguientes medidas de ayuda, que se dividen a su vez en las correspondientes líneas: a) Medida A. Asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores: Línea 1: Formación de los apicultores. Línea 2: Contratación de técnicos y asistencia técnica. Línea 3: Sistemas de divulgación técnica. b) Medida B. Lucha contra la varroosis: Línea 1: Tratamientos quimioterápicos contra Varroosis, autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios. Línea 2: Tratamientos contra Varroosis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, compatibles con la apicultura ecológica. Línea 3: Alimentación de los enjambres y renovación de cera. c) Medida C. Racionalización de la trashumancia: Línea 1: Adquisición de material para identificación de colmenas y cuadros. Línea 2: Conservación y mejora de los medios de transporte y adquisición de equipamiento de manejo de colmenas. Línea 3: Suscripción de pólizas de seguros por daños propios y responsabilidad civil de las colmenas. Línea 4: Cría de reinas autóctonas para reposición de bajas. d) Medida D. Apoyo a los análisis de las características fisicoquímicas de la miel. Los gastos e inversiones que se considerarán subvencionables son los que se indican en el Anexo II de esta Orden, en las cuantías máximas que se indican en el mismo. Beneficiario: Podrán ser beneficiarios de las ayudas que regula la presente Orden, según se indica en los artículos siguientes para cada medida, los interesados que reúnan los siguientes requisitos: a) Las personas físicas o jurídicas que: - Sean titulares de una explotación apícola en la Comunidad Autónoma de Andalucía. - Tengan inscrita la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas en el sector apícola (Sistema de Información de Gestión Ganadera, SIGGAN en adelante) de la Consejería de Agricultura y Pesca con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria. En el caso de transferencias de explotaciones apícolas con cambio de titularidad realizadas con posterioridad a esta fecha, se considerará como fecha de inscripción de la explotación del adquirente en el citado registro la fecha en la que por primera vez se hubiera inscrito dicha explotación, siempre que la inscripción esté vigente. - En el caso de personas jurídicas, tengan como objeto social recogido en sus estatutos la actividad apícola. b) Las cooperativas apícolas, organizaciones representativas (OPAS) y las asociaciones de apicultores con personalidad jurídica propia, para las que al menos la mitad más uno de sus miembros apicultores cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior. En atención a las ayudas que constituyen el objeto de esta Orden, se exime del cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de la condición de persona beneficiaria previstos en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Base legal: Reglamento (CE) 2300/97 de la Comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento CE 1221/97 del Consejo. (DOCE 319, 21-11-1997). http://europa.eu.int/eur-lex/es/consleg/main/1997/es_1997R2300_index.html Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales. (BOE 74, 27-03-1999). RD1999-519-12140-12141.pdf Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo, de 26 de abril de 2004, relativo a las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos la apicultura. REG2004-797-1-3.pdf Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 917/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo relativo a las medidas en el sector de la apicultura (DO L 163 de 30.4.2004). REG2004-917-1.pdf Reglamento (CE) nº 1484/2004 de la Comisión, de 20 de agosto de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 917/2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo relativo a las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura. REG2004-1484-5-6.pdf Orden de 1 de abril de 2005, por la que se regulan las ayudas a la Apicultura en el marco del Programa Nacional. (DEROGADA POR ORDEN 28 DE JULIO DE 2008 ASÍ COMO LAS DE IGUAL O INFERIOR RANGO). ORD2005-17-31.pdf Real Decreto 448/2005, de 22 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. RD2005-448-15664-15669.pdf Orden PRE/4097/2005, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada, dentro del programa nacional de medidas de ayuda a la apicultura. ORD2005-4097-42883-42887.pdf Orden APA/565/2006, de 16 de febrero, por la que se convocan en el 2006 las subvenciones para proyectos de investigación aplicada dentro del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la Apicultura, reguladas en la Orden PRE/4097/2005, de 26 de diciembre. ORD2006-565-8639-8640.pdf Reglamento (CE) nº 917/2004 de la Comisiónde 29 de abril de 2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo relativo a las medidas en el sector de la apicultura. REG2004-917-83-87.pdf Reglamento (CE) nº 811/2007 de la Comisión de 11 de julio de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 917/2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo, relativo a las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura. REG2007-811-5-6.pdf Reglamento (CE) Nº 939/2007 DE LA COMISIÓN de 7 de agosto de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 917/2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo relativo a las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura. REG2007-939-3-4.pdf Orden de 28 de julio de 2008, por la que se regulan las ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional para los años 2008, 2009 y 2010, y se efectúa su convocatoria para 2008. ORD2008-17-33.pdf Resolución de 9 de febrero de 2009, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se convocan para la campaña 2009, las ayudas a la Apicultura en el marco del Programa Nacional. RES2009-6-8.pdf Resolución de 15 de enero de 2010, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se convoca para la campaña 2010 la concesión de subvenciones a la apicultura previstas en la Orden de 28 de julio de 2008, que se cita, y en el marco del Programa Nacional. RES2010-8-15-1.pdf Reglamento (UE) nº 726/2010 de la Comisión, de 12 de agosto de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 917/2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 797/2004 del Consejo relativo a las medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos del sector de la apicultura. REG2010-726-29-30.pdf Orden de 27 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía para los años 2011, 2012 y 2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2011. ORD2011-27-04-53-62.pdf Corrección de errores de la Orden de 27 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía para los años 2011, 2012 y 2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2011. http://www.besana.es/legislacion/ayudas/boja/COR2011-5.pdf Orden de 21 de junio de 2012, por la que se modifica la Orden de 27 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía para los años 2011, 2012 y 2013. http://www.besana.es/legislacion/ayudas/boja/ORD2012-21-06-82-86.pdf Resolución de 21 de junio de 2012, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se convoca para la campaña 2012 la concesión de subvenciones a la apicultura previstas en la Orden de 27 de abril de 2011, que se cita, y en el marco del Programa Apícola Nacional. http://www.besana.es/legislacion/ayudas/boja/RES2012-21-06-29-31.pdf Periodo: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente Resolución (publicada el 29/06/2012). Solicitud: Las solicitudes deberán formularse conforme a los modelos establecidos. Los mismos estarán a disposición de los solicitantes en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la dirección: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/servicios/ayudas/ayudas-pac/plan-apicola-nacional/index.html.