14/02/16
Tu opinión cuenta: participa en la consulta sobre el primer año de aplicación del pago verde o greening
Los responsables comunitarios buscan opiniones sobre la experiencia en la aplicación de las obligaciones de ecologización en virtud del régimen de pagos directos dentro de la política agrícola común (PAC), que se establecen en Reglamento Delegado (UE) n °639/2014 de la Comisión y el Reglamento de Ejecución (UE) n º 641/2014 de la CE. Así, están especialmente interesados en conocer la opinión sobre el primer año de la aplicación del pago verde o greening de agricultores, administraciones de los Estados miembros, organizaciones representativas y organizaciones no gubernamentales a escala nacional y de la UE, representantes del mundo académico o investigadores y público interesado.
Según destacan desde la CE, son «de particular interés las opiniones relacionadas con la aplicación de la ecologización, la igualdad de condiciones (posibilidad de gestionar las explotaciones agrícolas en pie de igualdad con los agricultores de otros países de la UE) y el potencial de producción, así como sobre posibles maneras de simplificar el marco de ecologización y reducir la carga administrativa asociada a él. También se espera obtener las primeras impresiones de los participantes sobre los efectos de la ecologización».
Las contribuciones que se reciban servirán para que los expertos comunitarios lleven a cabo un análisis sobre la posibilidad de reducir la carga administrativa de los agricultores y las administraciones nacionales resultante de la aplicación de los reglamentos mencionados, así como para realizar cambios en caso de que los requisitos se superpongan o sean incoherentes, «sin que ello afecte a los objetivos medioambientales de la ecologización y la buena gestión financiera de la PAC», aclara la información difundida.
¿Cómo puedes participar si estás interesado? Solo tienes que dedicar unos minutos a rellenar el siguiente cuestionario online (https://ec.europa.eu/eusurvey/runner/greening-first-year?surveylanguage=es).
Algunas de las preguntas que encuentres son obligatorias para todos los encuestados, pero hay otras que deberán responderlas únicamente los participantes que tengan relación con ellas. En este sentido, la aportación de ejemplos concretos de cuestiones específicas será especialmente bienvenida para los especialistas de la CE.
En el caso de que quieras responder en nombre de una organización, deberás inscribirla en el Registro de Transparencia de la UE y someterla a su Código de Conducta. Si tu organización ya está registrada, solo tienes que indicar en el cuestionario el nombre, la dirección y el número de identificación que le corresponde en el registro.
Contexto de la consulta y antecedentes
Cabe recordar que los agricultores con derecho a un pago en virtud del régimen de pago básico o del régimen de pago único por superficie deben respetar en toda su superficie admisible prácticas que beneficien al medioambiente y al clima. Entre las prácticas que cumplen unos criterios más estrictos que los de la condicionalidad están la diversificación de cultivos, el mantenimiento de pastos permanentes y la dedicación de un 5 % de la tierra de labor a elementos beneficiosos desde un punto de vista ecológico («superficies de interés ecológico»). 2015 es el primer año en el que los agricultores deben cumplir las obligaciones de ecologización.
Dichas obligaciones están recogidas en el Reglamento UE n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y el Consejo, que las categoriza en función de la situación específica en determinadas regiones de países de la UE, la categoría de agricultores y el tipo de tierras agrícolas. El Reglamento establece una lista de tipos de superficies de interés ecológico (por ejemplo, elementos paisajísticos, franjas de protección), si bien deja que las autoridades nacionales seleccionen de esa lista los tipos de superficies de interés ecológico que ofrecerán a sus agricultores para que elijan.
Por su parte, el Reglamento Delegado (UE) n º 639/2014 de la Comisión y el Reglamento de Ejecución (UE) n º 641/2014 establecen determinados parámetros técnicos y normas de aplicación del marco de ecologización. Entre ellos, los criterios o requisitos para la clasificación de los tipos de superficies de interés ecológico (métodos de producción, límites de las dimensiones, etc.), las subcategorías de «elementos paisajísticos» de los tipos de superficies de interés ecológico (charcas, setos, etc.), las normas sobre si las autoridades nacionales pueden exigir o permitir que los agricultores tengan superficies de interés ecológico comunes (aplicación regional o colectiva), cómo calcular los porcentajes de cultivos para la diversificación de cultivos y cómo han de calcular las autoridades nacionales la proporción de pastos permanentes y las medidas que haya que tomar en caso de que esta proporción disminuya por debajo de un nivel aceptable.
Algunos requisitos, sobre todo los aplicables a las superficies de interés ecológico, como, por ejemplo, determinadas restricciones de los insumos, se dejan a las autoridades nacionales de los países de la UE, para que sean ellas las que decidan a la luz de sus prioridades y circunstancias específicas.
Al adoptar el Reglamento Delegado (UE) n º 639/2014, la Comisión publicó una declaración en la que se comprometía a evaluar la experiencia adquirida tras el primer año de aplicación de la obligación de crear superficies de interés ecológico, en la que prestaría atención, en concreto, a la carga administrativa, la simplificación de los procedimientos, la igualdad de condiciones y los aspectos relacionados con el potencial de producción.